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Requisitos para la obtención de permisos de conducir:

(Fuente: Ministerio de Administraciones Públicas)

PERMISO A-1

Edad: 16 años
Exámenes:
- Sin ningún permiso: Teórico, específico y destreza (Moto de 125 c.c).
- Con B y dos años de antigüedad: Específico y destreza

PERMISO A

Edad: 18 años
Exámenes:

- Sin ningún permiso: Teórico, específico, destreza y circulación (Moto 250c.c)
- Con A-1 (sin dos años de antigüedad): Destreza y circulación.
- Con A-1 (con dos años de antigüedad): Destreza.
- Con B (sin dos años de antigüedad): Específico, destreza y circulación.
- Con B (con dos años de antigüedad): Específico y destreza.

Durante los dos primeros años no podrán conducir motos de mas de 25 Kw. de potencia (400 c. c. aproximadamente). Una vez transcurrido dicho periodo deberán solicitar a la Jefatura Provincial de Tráfico la ampliación del permiso a todo tipo de motocicletas.

PERMISO B

Edad: 18 años
Exámenes:

- Sin ningún permiso: Teórico y circulación.
- Con A-1 ó A: Circulación.

PERMISO BTP

Edad: 18 años
Exámenes:

- Con B (sin un año de antigüedad): (Solicitar autorización curso en tráfico), específico, destreza y circulación . (Vehículo de mas de 4 metros)
- Con B (con un año de antigüedad): Específico.
- Con C1, C, D1 ó D: Autorización directa.

PERMISO C-1

Edad: 18 años
Exámenes:

- Con B ó BTP: Específico, destreza y circulación.
- Con D1 ó D: Específico y circulación.

El vehículo a utilizar será un camión rígido de hasta 7.500 Kg.

PERMISO C

Edad: 21 años
Exámenes:

- Con B ó BTP: Específico, destreza y circulación.
- Con C1: Destreza y circulación.
- Con D1: Específico, destreza y circulación.
- Con D: Específico y circulación.

El vehículo a utilizar será un camión rígido de al menos 11.000 Kg.

PERMISO D-1

Edad: 21 años
Exámenes:

- Con B ó BTP: Específico, destreza y circulación.
- Con C1 ó C: Específico y circulación.

El vehículo a utilizar será un autobús de 7 metros máximo, con 17 plazas incluido el conductor.

PERMISO D

Edad: 21 años
Exámenes:

- Con B ó BTP: Específico, destreza y circulación.
- Con C1: Específico, destreza y circulación.
- Con C: Específico y circulación.
- Con D1: Destreza y circulación.

El vehículo a utilizar será un autobús de 9 metros.

PERMISO B+E

Exámenes:

- Con B: Específico, destreza y circulación.

El conjunto de vehículos a utilizar serán un turismo, camión o vehículo mixto todos ellos de longitud no inferior a 3,45 m. y M.M.A. no superior a 3.500 kg.y un remolque de M.M.A no inferior a 1000 Kg.

PERMISO C1+E

Exámenes:

- Con C1: Específico, destreza y circulación.

El conjunto de vehículos a utilizar serán: un camión características C1 y un remolque de al menos 2.500 Kg.

PERMISO C+E

Exámenes:

- Con C: Específico, destreza y circulación.
- Con C1+E, D1+E ó D+E: Destreza y circulación.

El conjunto de vehículos a utilizar será de 21.000 Kg. como mínimo:

- Un vehículo articulado de 21.000 Kg. y mas de 12 mts. (trailer)

- Un camión de al menos 11.000 Kg. y un remolque de al menos 10.000 Kg.


PERMISO D1+E

Exámenes:

- Con D1: Específico, destreza y circulación.
- Con C1+E: Destreza y circulación.

El conjunto de vehículos a utilizar será: un autobús características D1 y un remolque de 2.500 Kg. como mínimo.

PERMISO D+E

Exámenes:

- Con D: Específico, destreza y circulación.
- Con C1+E ó D1+E: Destreza y circulación.

El conjunto de vehículos a utilizar será: un autobús características D y un remolque de 2.500 Kg. como mínimo.

PERIODOS DE VIGENCIA

Periodo de vigencia de las pruebas superadas

El periodo de vigencia de las pruebas superadas, establecido en el artículo 57.1, tendrá carácter improrrogable y se aplicara con carácter retroactivo a todos los aspirantes que hubieran superado una prueba con anterioridad a la entrada en vigor de la modificación del Reglamento.


Plazo de validez de los informes de aptitud psicofísica (entrada en vigor 3 de marzo de 2006)
El informe de aptitud psicofísica emitido por un centro de reconocimiento deberá ser presentado en la Jefatura Provincial de Tráfico con la primera solicitud de permiso de conducción dentro de los 90 días contados desde su fecha de emisión. Los efectos del referido informe se extenderán a todo el proceso de obtención del permiso de conducción de que se trate.

 
 
 
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